- Si el trabajador tiene cesantías, debe inmovilizarlas previendo poseer como mínimo el 10% del valor comercial de la vivienda. En este caso los doce (12) meses exigidos en la cuenta de ahorro programado no se tendrían en cuenta
- Los ingresos familiares no deben superar los cuatro (4) salarios mínimos legales vigentes
- No poseer bien raíz o haber sido beneficiado con subsidio de vivienda anteriormente
- En caso de ser madre cabeza de hogar, presentar certificación por el I.C.B.F. ó una Notaria.
- No haber tenido vivienda por el Inurbe, I.C.T., Fogafin, F.N.A., Cavivir y Cajas de Compensación, aunque en la actualidad no la posean.
- Tener capacidad para el crédito complementario.
Sede Maizaro
Teléfono:682 70 00Ext. 109 - 110 Villavicencio
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